Una nueva consulta vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT) establece que los autónomos que publiciten su negocio o productos a través de las redes sociales, como Instagram, Tik Tok o Facebook, podrán deducir los gastos derivados de la inversión en el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF). Es decir, que cuando

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